El SIP logra una nueva sentencia favorable en defensa de los derechos retributivos de un policía local 
 Los Servicios Jurídicos del SIP consiguen que el Ayuntamiento de Valls abone 4.636,75 euros más intereses a un agente por las diferencias retributivas correspondientes a su periodo como funcionario en prácticas    
 
Los Servicios Jurídicos del SIP han conseguido una nueva sentencia favorable en defensa de los derechos de los policías locales. El Tribunal de Instancia de Tarragona, Sección de lo Contencioso-Administrativo, ha estimado el recurso presentado en representación de un agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Valls y ha reconocido su derecho a percibir las diferencias retributivas correspondientes al periodo en el que prestó servicio como funcionario en prácticas.

La sentencia, dictada el 7 de septiembre de 2026, reconoce el derecho del agente a percibir 4.636,75 euros, correspondientes a las diferencias del complemento específico generado durante el periodo comprendido entre agosto de 2023 y agosto de 2024, además de los intereses legales desde la presentación de la reclamación administrativa. Asimismo, se impone al Ayuntamiento de Valls el pago de las costas procesales, con el límite establecido en la resolución.
Igualdad retributiva cuando se realizan las mismas funciones

El procedimiento tenía su origen en la reclamación de las diferencias salariales de un agente que, durante su periodo de prácticas, desempeñó funciones análogas a las realizadas por los policías locales funcionarios de carrera.
La resolución judicial considera aplicable el artículo 104 bis del Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, que establece que, cuando el periodo de prácticas consiste en desarrollar un puesto de trabajo, deben percibirse también las retribuciones complementarias correspondientes a dicho puesto.

En este caso, el Tribunal concluye que existió una identidad sustancial en el ejercicio de las funciones entre el agente en prácticas y los policías locales de carrera. La sentencia señala que la Administración no acreditó que las funciones desarrolladas fueran diferentes ni que existieran limitaciones en su ejercicio.
Por ello, la resolución considera procedente la equiparación retributiva y reconoce el derecho del agente a percibir la diferencia correspondiente al complemento específico.
Reconocimiento judicial de los derechos de los policías locales

Desde el SIP valoramos esta resolución como un nuevo respaldo a la defensa jurídica de los derechos profesionales y retributivos de los policías locales.
El fallo judicial establece expresamente que el Ayuntamiento de Valls deberá abonar al agente 4.636,75 euros, más los intereses correspondientes, y anula la desestimación presunta de la reclamación administrativa por considerarla contraria a Derecho.

Los Servicios Jurídicos del SIP continuarán trabajando para garantizar que los derechos de los policías locales sean reconocidos y defendidos por todas las vías legalmente previstas.


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DATA:23 de Setembre de 2026
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